Guía rápida para reclamar ante una cancelación de un vuelo

Tanto si tenemos que coger un vuelo para pasar unos días de vacaciones, como si tenemos que cogerlo por trabajo, es conveniente conocer qué derechos nos asisten y qué pasos seguir si se produce alguna cancelación en nuestro vuelo. Javier Sanguino, abogado de  ARAG, indica que “si nos cancelan el vuelo que teníamos programado, son varios los derechos que nos asisten”.

Derecho de información

La compañía aérea nos tiene que facilitar un impreso donde se indique cuáles son nuestros derechos.

Derecho de atención

Mientras esperamos a la salida del vuelo alternativo que nos ofrezca, la compañía aérea nos tiene que facilitar comida y bebida suficientes, dos llamadas telefónicas o acceso a correo electrónico, alojamiento en hotel en caso de que sea necesario pernoctar y transporte entre el aeropuerto y el hotel.

Derecho de reembolso o transporte alternativo

Tendremos derecho a que la aerolínea nos recoloque en otro vuelo que nos permita llegar hasta nuestro destino o bien obtener el reembolso del coste del billete en un plazo de 7 días si decidimos que no nos interesa viajar.

Derecho de compensación

Tenemos derecho a recibir una compensación económica por un importe de entre 250 y 600 € en función de la distancia del vuelo, si bien puede reducirse en un 50% en función de la hora de llegada al aeropuerto de destino.

“Existen excepciones a la obligación de compensarnos económicamente”, explica Javier Sanguino. La compañía aérea no tendrá obligación de indemnizarnos si se produce alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que se den circunstancias extraordinarias que escapen del control de la compañía aérea, como pueden ser circunstancias meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo, riesgos para la seguridad o huelgas que no estén directamente relacionadas con el personal de la propia aerolínea.
  • Que la compañía nos haya informado de la cancelación del vuelo con una antelación de al menos 14 días.
  • Que nos hayan informado de la cancelación entre dos semanas y 7 días antes del vuelo programado y el transporte alternativo ofrecido no salga con más de dos horas de antelación respecto de la hora prevista de salida y llegue a destino con menos de cuatro horas de retraso.
  • Que nos haya informado de la cancelación con menos de 7 días de antelación, siempre que el transporte alternativo salga con no más de una hora de antelación y llegue a destino con menos de dos horas de retraso.

¿Ante quién podemos reclamar?

“Si nos encontramos ante cualquier problema, lo primero que tenemos que hacer es presentar una reclamación por escrito ante la propia compañía aérea, quedándonos con una copia”, indica el abogado de ARAG. Es importante adjuntar toda la documentación de la que dispongamos: billetes, tarjeta de embarque, facturas de gastos que hayamos tenido, etc.

En caso de incidencias con el equipaje, tendremos que aportar siempre el parte de irregularidad de equipaje que nos han tenido que facilitar en el propio aeropuerto.

Si en un plazo de tiempo razonable no hemos obtenido respuesta o no nos satisface, podemos presentar una reclamación a través de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o ante los juzgados de lo mercantil.

Artículo cedido por ARAG

Imagen de onlyyouqj en Freepik

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