¿Puede la comunidad prohibir a un vecino moroso usar la piscina?

Tener piscina, gimnasio o zonas ajardinadas en una comunidad de propietarios es una ventaja, pero también supone unos gastos que deben asumir todos los vecinos. El problema llega cuando uno de ellos deja de pagar las cuotas y, aun así, sigue disfrutando de esos servicios como si nada. Según cifras del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España difundidas en 2024, la morosidad afectaba al 38,43% de las comunidades de propietarios. En ese momento surge una duda muy habitual en las juntas: ¿se le puede impedir el acceso a la piscina? “La respuesta corta es sí, pero con matices muy importantes”, explica Marga Pérez, abogada de ARAG.

Antes de 2022, muchas resoluciones se mostraban reticentes a aceptar sanciones que limitaran el uso de elementos comunes si no había una cobertura legal expresa. Por eso, en la práctica, muchas comunidades dudaban antes de restringir el acceso a instalaciones recreativas. “Ese escenario cambió con la Ley 10/2022, que modificó el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal e introdujo de forma expresa la posibilidad de acordar medidas disuasorias frente a la morosidad, como intereses superiores al legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones no esenciales”, indica Pérez.

Por ejemplo, la piscina, la pista de pádel o el gimnasio encajan mejor en esa categoría de servicios no esenciales. En cambio, no sería válido impedir el uso del ascensor, cortar el agua caliente comunitaria o bloquear accesos básicos al edificio, porque ahí sí se vería afectada la habitabilidad o la seguridad del inmueble.

Para que la restricción tenga solidez jurídica, conviene que la comunidad cumpla al menos con estos puntos: que la junta apruebe expresamente la medida y quede reflejada en acta; que la privación sea temporal y esté vinculada al tiempo en que persista la deuda; y que exista proporcionalidad entre la limitación acordada y la cuantía o duración del impago, evitando medidas abusivas.

Artículo cedido por ARAG

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