AUNNA ASOCIACIÓN Y CIAC PRESENTAN ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE DISTRIBUCIÓN Y AL DE CREACIÓN DE LAS AAI

Aunna Asociación y la coordinadora CIAC han presentado de forma conjunta ante la DGSFP un escrito de alegaciones y observaciones al Anteproyecto de Ley de Distribución de Seguros, planteando diferentes propuestas al texto legal: una relación de diez puntos clave, que la Asociación ya aportó durante su participación en la Junta consultiva de Seguros, dirigidos en su mayoría a asegurar que todos los actores dispongan idénticas garantías ante el consumidor, tal como ordena la Directiva europea.

Así, entre las alegaciones presentadas, Aunna Asociación y CIAC insisten en la necesidad de inscribir a los Mediadores de Seguros Complementarios en el Registro de Mediadores, tal como ordena la Directiva, y proponen el establecimiento de unos límites de negocio para poder ser considerado mediador no complementario.

Igualmente, ambas entidades proponen que un mismo grupo empresarial no pueda contar con mediadores de distinto tipo, con la finalidad de evitar conflictos de interés que menoscaben los intereses del consumidor así como eventuales fugas al principio de incompatibilidad.

También con el interés puesto en la protección del consumidor, Aunna Asociación y CIAC realizan una innovadora propuesta: que el asegurador refleje formalmente como cobrado el recibo entregado al corredor en la fecha que ello se efectúa, independientemente de la fecha en que, por sus pactos contractuales, sea liquidado. Desvinculándolo así de su relación contractual con el corredor; esta medida permitiría evitar los diferentes conflictos que habitualmente surgen de esta cuestión, por ejemplo, con el Consorcio de Compensación de Seguros.

Igualmente, en sus alegaciones, el colectivo expone que el corredor debe ser responsable ante el asegurador y el tomador a quienes debe proteger con su seguro de responsabilidad civil y la caución obligatoria por Ley, de este modo, se soslaya completamente la posibilidad de dejar al consumidor sin garantía de seguro en caso de error, además de evitar una situación de agravio comparativo con otros canales.

Respecto a la prohibición de vincular los seguros a la suscripción de un préstamo o hipoteca, ambas organizaciones insisten en la importancia de que la Ley recoja, de forma expresa, la prohibición de esta práctica, tal como establece la Directiva Hipotecaria, y piden que se retire del actual texto el matiz de “relevancia” en lo que se refiere a la definición de la coacción que se recoge entre las infracciones, ya que al ser la coacción un delito tipificado en el Código Penal, no cabe matizarla.

Ambas organizaciones proponen que los mediadores bancarios asuman su responsabilidad administrativa y civil, dado que se trata de empresas con la capacidad suficiente para ello, considerando además que interposición de estímulos para la autorregulación, como esta medida, redundan de forma positiva en el mercado.

Finalmente, ven como una oportunidad aprovechar la redacción de la futura Ley para regular mejor los efectos del cambio de posición mediadora.

AUNNA Asociación y CIAC, que han manifestado a la DGSFP su completa voluntad de colaborar y realizar aportaciones valiosas para el sector, seguirán trabajando en esta materia durante el resto de la fase de desarrollo de esta nueva Ley llamada a ordenar no solo los canales ya tradicionales sino también cualquier modelo de distribución que en el futuro pueda conducir a la contratación de un seguro.

Anteproyecto de creación de la AAI de Seguros

En cuanto al anteproyecto de creación de la AAI de Seguros, AUNNA Asociación y CIAC han manifestado al Ministerio de Economía su posicionamiento favorable a la implantación de dicho órgano independiente de supervisión, incidiendo en la necesidad de que su estructura ejecutiva sea nombrada con criterios de transparencia y objetividad, igual que deberían serlo los órganos de seguimiento, apoyo y asesoramiento de la nueva Agencia, en los que de forma inexcusable debe figura la mediación profesional independiente que representan los Corredores, quienes deben participar en aquellos órganos consultivos a través de sus representantes, siendo estos, por lógica, los de las mayores entidades en número de miembros y en distribución territorial.

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