El nuevo índice de referencia de alquiler de vivienda

El 2 de enero se publicó el esperado índice de referencia para actualizar las rentas de los alquileres de vivienda habitual regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

“El índice, que se conoce como IRAV (índice de referencia de alquiler de vivienda), se ha publicado teniendo en cuenta los datos de noviembre dando como resultado un 2,20%”, explica Montserrat Martín, abogada de la compañía de seguros de Defensa Jurídica ARAG.

Dicho índice fue proyectado por la Ley 12/2023, donde se indicaba que antes del 31 de diciembre de 2024 se publicaría un índice de referencia que no estuviera solo vinculado al IPC.

El cálculo del IRAV tiene como eje el 2% (acuerdo ministerial) y subirá o bajará según cual sea el valor mínimo entre el IPC anual y el subyacente (el que se calcula sin tener en cuenta los precios de la energía y los alimentos no elaborados).

“Si los dos valores superan el 2%, se aplica el más bajo. Si uno es más bajo que el 2% y el otro es más alto, se aplicará el más bajo. Si los dos están por debajo del 2%, se aplicará también el más bajo”, explica la abogada Montserrat Martín.

Todos estos datos los publicará mensualmente el INE aquí y, por tanto, solo habrá que comprobar que valor se le da al IRAV mensualmente para actualizar los alquileres a partir del pasado enero de 2025.

Artículo cedido por ARAG

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